Plan de ayudas de la Diputación de A Coruña, gestionadas por el ayuntamiento de Narón, correspondientes al Fondo de financiación para la reactivación económica y social de la provincia de La Coruña (PEL-REACTIVA)
Estas ayudas van dirigidas a personas trabajadoras autónomas con o sin trabajadores/as a su cargo y microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que se encuentren en alguno de los supuestos indicados a continuación:
- Grupo I: Que se vieran afectados por el cierre en virtud de lo dispuesto en el RD 463/2020, del 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y su modificación aprobada en el RD 465/2020, del 17 de marzo.
- Grupo II: Que no se vieran afectados por el cierre, pero cuya facturación en el segundo trimestre fiscal de 2020 se viese reducida, por lo menos, en un 75% en relación con el promedio efectuado en el semestre natural anterior a la decla-ración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los seis meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el período de actividad.
- Grupo III: Que se viesen en la obligación de acogerse a un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), en los términos establecidos en el RD 465/2020, del 17 de marzo
El importe de la subvención será fijo, y se determinará conforme a los siguientes criterios:
a) Trabajadores/as por cuenta propia o autónomos, sin trabajadores a su cargo, afectados por el cierre a consecuencia de la declaración del estado de alarma o aquellos que no se vieran afectados por el cierre pero cuya facturación en el segundo trimestre fiscal de 2020 se viese reducida, por lo menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma: 1.500 €.
b) Trabajadores/as por cuenta propia o autónomos con trabajadores/as a su cargo y microempresas afectados por el cierre a consecuencia de la declaración del estado de alarma o aquellos que no se vieran afectados por el cierre pero cuya facturación según trimestre fiscal de 2020 se viese reducida, por lo menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma, o que se vieran en la obligación de acogerse a un ERTE, atendiendo a lo siguiente:
- Un solo trabajador/a: 2.000,00 €.
- Entre 2 y 5 trabajadores/as: 2.500,00 €.
- Entre 6 y 9 trabajadores/as: 3.000,00 €.
El período subvencionable abarcará desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra concedida por entidades públicas o privadas, siempre que el importe total de las ayudas percibidas por el mismo concepto no supere el coste total de los gastos subvencionables por las presentes ayudas, y hasta un máximo de 40.000 €. El importe de la ayuda a conceder será minorada en la cantidad que exceda de este límite.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente extracto de la convocatoria y finalizará a las 14.00 horas del día 25 de noviembre de 2020.
Las solicitudes se presentarán por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Narón, accesible a través del enlace https://sedeelectronica.naron.es, utilizando el formulario normalizado de solicitud disponible en la sede.